Justiça garantir derecho de respuesta a Moro y prohíbe nueva difusión de propaganda de Sandro Alex
Decisión determina respuesta de 1 minuto y 30 segundos y prevé multa de R$ 50 mil por nueva exhibición del contenido

La Justiça Eleitoral concedió al candidato al Gobierno del Paraná Sergio Moro (PL-PR) derecho de respuesta contra propaganda electoral de la coalición de Sandro Alex y Rafael Greca. La decisión determina la transmisión de una respuesta de 1 minuto y 30 segundos y prohíbe la repetición de la pieza, bajo pena de multa de R $ 50.000 a cada nueva exhibición.
La propaganda afirmaba que Moro, cuando ministro de Justicia y Seguridad Pública, tendría conocimiento de fraudes en el INSS y no habría adoptado medidas para impedir las irregularidades.
En la decisión, la Justiça Eleitoral consideró que la propaganda ha superado los límites de la crítica política al presentar como hecho una acusación sin comprobación.
Según el Tribunal Regional Electoral del Paraná (TRE-PR), el contenido transformó un tema sujeto al debate público en una “afirmación categórica de connivencia e inercia deliberada”, capaz de inducir al elector al error y comprometer la normalidad de la disputa electoral.
La decisión también destaca que el Ministerio de Justicia, durante la gestión de Moro, adoptó medidas de enfrentamiento a irregularidades, entre ellas un acuerdo de cooperación técnica con el INSS y acciones contra instituciones financieras relacionadas a abusos involucrando crédito consignado.
El Ministerio Público Electoral se manifestó favorablemente a la solicitud presentada por Moro. En el dictamen, afirmó que la propaganda atribuyó al candidato una supuesta omisión deliberada sin presentar prueba inequívoca.
El derecho de respuesta tendrá una duración de 1 minuto y 30 segundos y será transmitido en el horario electoral destinado a la coalición adversaria, en los mismos bloques de audiencia en los que se exhibieron las inserciones cuestionadas.
Justiça Eleitoral también ha ordenado que Sandro Alex, Rafael Greca y la coalición se abstengan de volver a difundir publicidad o contenido similar. El incumplimiento de la decisión podría resultar en una multa de R$ 50 mil por nueva transmisión, además de las demás penalidades previstas en la legislación electoral.
La decisión se dictó en el procedimiento no 0602028-28.2026.6.16.0000.
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