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NR-30: Seguridad y Salud en el Trabajo Aquaviario, por José Aparecido Leal y Rafael Mansani

Entienda qué es la NR-30, quién debe cumplir la norma y cuáles son las principales exigencias de seguridad y salud en el trabajo aquaviario

NR-30: Segurança e Saúde no Trabalho Aquaviário
Foto: Reprodução
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La NR-30 establece requisitos de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST) para actividades acuícolas, considerando las particularidades de las embarcaciones, de las operaciones a bordo y de los ambientes marítimos, fluviales y lacustres.

Su objetivo es prevenir accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo, por medio de la gestión de los riesgos ocupacionales, de la protección a la salud y de la adopción de condiciones adecuadas de seguridad, higiene y confort de los trabajadores embarcados.

En este artículo, se presentarán el campo de aplicación, la estructura y los principales requisitos de la NR-30, con enfoque técnico y preventivo.

¿Qué es la NR-30?

La Norma Regulamentadora no 30 dispone sobre Seguridad y Salud en el Trabajo Aquaviario y complementa las disposiciones del Capítulo V del Título II de la Consolidación de las Leyes del Trabajo (CLT). Abarca medidas de prevención adaptadas a las características de las actividades realizadas en embarcaciones comerciales.

Estructura de la NR-30

La norma presenta 20 secciones, tres cuadros y un anexo, organizados de la siguiente manera:

30.1 Objetivo

30.2 Área de aplicación

30.3 Derechos y deberes

30.4 Programa de Gestión de Riesgos en el Trabajo Aquaviario – PGRTA

30.5 Protección de la salud

30.6 Comisión Interna de Prevención de Accidentes y Acoso – CIPA

30.7 Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo a Bordo de las Embarcaciones – GSSTB

30.8 Alimentación

30.9 Camarotes

30.10 Salones de comidas y lugares de recreo

30.11 Cocina

30.12 Instalaciones sanitarias

30.13 Lugares para lavar, secar y guardar ropa de trabajo

30.14 Seguridad en el mantenimiento en buque en funcionamiento

30.15 Movimiento de carga

30.16 Máquinas y equipos

30.17 Capacitación y formación en seguridad y salud en el trabajo

30.18 Acceso al buque

30.19 Disposiciones generales de seguridad y salud

30.20 Glosario

Cuadro I – Cuadro estadístico de accidentes

Cuadro II – Estándares mínimos básicos en los exámenes médicos

Cuadro III – Estándares médicos y modelo de certificado médico (Health Certificate – STCW)

Anexo I – Pesca comercial

¿Quién tiene que obedecer la NR-30?

Conforme al apartado 30.2.1, la norma se aplica a los trabajos realizados en embarcaciones comerciales de bandera nacional y, en los términos de los convenios internacionales ratificados y vigentes, a las de bandera extranjera utilizadas en el transporte de cargas o pasajeros, incluso en la prestación de servicios.

Su aplicación implica a empleadores y trabajadores cubiertos por la normativa, observadas las condiciones específicas de la actividad y los demás instrumentos normativos aplicables. El incumplimiento de las obligaciones puede acarrear medidas administrativas y responsabilidades apropiadas.

Principales medidas de la NR-30

Programa de Gestión de Riesgos en el Trabajo Aquaviario – PGRTA

El PGRTA debe considerar los peligros y riesgos característicos del trabajo a bordo y orientar las medidas de prevención. A partir del inventario de riesgos, deben establecerse procedimientos operativos para actividades como mantenimiento, acceso seguro a la embarcación, movimiento de cargas, operaciones con otras unidades marítimas, maniobras de atraque y fundición y actuación en condiciones climáticas extremas.

Protección y vigilancia de la salud

La protección a la salud comprende el seguimiento médico ocupacional, conforme a los requisitos aplicables del PCMSO, y la documentación de aptitud de los trabajadores. Para los marinos cubiertos por los requisitos internacionales, puede ser necesario el Certificado Médico (Health Certificate), conforme a los estándares de la Convención STCW, además del Certificado de Salud Ocupacional (ASO).

Deben observarse los requisitos relativos a la disponibilidad de recursos de primeros auxilios, al personal capacitado y al acceso a la asistencia sanitaria, conforme a las características y necesidades de la embarcación.

Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo a Bordo – GSSTB

El GSSTB tiene función preventiva, con orientación y apoyo técnico del SESMT, cuando sea aplicable. La norma establece hipótesis de constitución del grupo, incluyendo embarcaciones de bandera nacional con al menos 500 personas a bordo, y situaciones específicas que involucran embarcaciones extranjeras en aguas jurisdiccionales brasileñas.

Entre sus actividades están la identificación de condiciones inseguras, la realización de verificaciones y la promoción de la concienciación de los trabajadores sobre medidas de SST.

Análisis de Riesgo y Permiso de Trabajo

En las actividades de mantenimiento cubiertas por la NR-30, el comandante debe asegurar la realización del Análisis de Riesgo (AR), elaborado con participación del equipo técnico, coordinado por el responsable de la aplicación de la norma a bordo, documentado y firmado por los participantes.

La AR debe indicar la necesidad de permiso de trabajo (PT). Cuando se exija, la PT debe contemplar medidas preventivas, requisitos de ejecución, identificación y autorización de los participantes, con validez limitada a la actividad y no superior a 24 horas.

Condiciones de habitabilidad y seguridad operativa

La NR-30 también trata de alimentación, camarotes, comedores, instalaciones sanitarias, lugares de guarda de ropa, máquinas, equipos, movimiento de cargas, acceso a la embarcación y capacitación. Estos requisitos contribuyen a la reducción de riesgos y a las condiciones adecuadas de trabajo y permanencia a bordo.

Telemedicina ocupacional en el trabajo acuario

Las herramientas de telemedicina y los sistemas digitales pueden apoyar determinadas actividades de salud ocupacional, el seguimiento documental y la emisión de resultados e informes, siempre que se respeten los requisitos legales, éticos y profesionales pertinentes.

Sin embargo, estos recursos no sustituyen los exámenes presenciales cuando son necesarios, la asistencia médica de emergencia ni las medidas de prevención y control de los riesgos previstas en la NR-30.

Conclusión

La NR-30 es un instrumento esencial para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores de acuicultura. Su efectividad depende de la identificación y evaluación de los riesgos, de la adopción de medidas de prevención, del entrenamiento de los equipos, del mantenimiento seguro de las embarcaciones y del seguimiento de la salud ocupacional.

El cumplimiento de la norma debe integrar la gestión cotidiana de las operaciones, involucrando empleadores, comandantes, profesionales de SST y trabajadores, de modo que se fortalezca una cultura de prevención de accidentes y enfermedades relacionadas con el trabajo.

Gracias por la lectura y hasta el próximo artículo. Sigue siguiendo nuestros artículos sobre las Normas Regulamentadoras. Para sugerencias de temas, póngase en contacto con nosotros por teléfono (42) 99997-4979.

José Aparecido Leal y Rafael Gustavo Mansani

 

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Rafael Mansani e José Leal
Autoría
Rafael Mansani e José Leal
Rafael Mansani - Engenheiro Civil e de Segurança do trabalho, pós graduado em Gestão Pública, Mestrando em Eng. De Produção. Diretor Executivo do IPLAN-PMPG. José Leal - Engenheiro civil; Engenheiro de Segurança do Trabalho; Pós-Graduado em: Eng. Sanitária e Ambiental; MBA de Gestão de Eng. de Segurança do Trabalho; Ergonomia; Administração Aplicada à Segurança do Trabalho.
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